Síntesis de la Recomendación no. 04/2019

Fecha de emisión

2019-10-02

Autoridad responsable

Comisión Estatal de Cultura Física y Deporte de Oaxaca.

Quejosa(o) o Quejosas(os)

José Manuel Ríos Casas.

Agraviada(o) o Agraviadas(os)

El mismo e integrantes de la “Asociación de Medallistas Paralímpicos Mundialistas Panamericanos Internacionales del Estado de Oaxaca, A.C.”

Expediente(es)

DDHPO/1122/(01)/OAX/2017.

Motivo de la Queja

«Violaciones a los derechos humanos de las personas con discapacidad y a la seguridad jurídica.»

DDHPO

Hechos

Los Integrantes de la “Asociación de Medallistas Paralímpicos Mundialistas, Panamericanos, Internacionales del Estado de Oaxaca”, manifestaron que con motivo de la reforma por la que se adicionó el segundo párrafo al artículo 67 de la Ley de la Cultura Física y el Deporte para el Estado de Oaxaca, en diversas ocasiones solicitaron ante las autoridades correspondientes, ser beneficiarios de dicha reforma, mediante un reconocimiento económico vitalicio para los Atletas Medallistas de Alto Rendimiento Paralímpicos Mundialistas y Para-panamericanos, sin embargo, hasta la fecha de no tienen una respuesta favorable a dicha petición, pues las autoridades no han realizado las gestiones necesarias para la creación del fideicomiso a que hace referencia el citado segundo párrafo del el artículo y Ley en mención, lo que les imposibilita para tener acceso al reconocimiento económico vitalicio a los deportistas discapacitados oaxaqueños de alto rendimiento que en representación oficial obtengan o hayan obtenido una o más medallas en los juegos Paralímpicos, Mundialistas y Para-Panamericanos.

Colaboración

Al Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca.
Para que se adopten mecanismos a fin de desarrollar programas deportivos para personas con discapacidad, en todas las etapas educativas, donde el objeto principal del programa sea la atención a la base social de menores con discapacidad.

A la Secretaría de Desarrollo Social y Humano.
Para que se instrumenten mecanismos para la creación de un programa de becas a deportistas discapacitados Oaxaqueños de alto rendimiento, a fin de contribuir al desarrollo de la cultura física, recreación y el deporte en Oaxaca.

A la Secretaría de Salud.
Para que se promueva la práctica constante del deporte, desde la niñez hasta la población de la tercera edad, abarcando sectores importantes como personas con discapacidades tanto físicas como mentales.

Al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia.
Para que en concordancia con las políticas establecidas por el DIF Nacional, se instrumenten distintos programas culturales, recreativos y deportivos, mediante los cuales se coordinen actividades donde participen diversas instituciones que otorguen servicios a personas con discapacidad.

Recomendaciones

Primera. En términos del artículo 67 de la Ley de la Cultura Física y el Deporte para el Estado de Oaxaca, se adopten medidas urgentes y necesarias para la instauración del Sistema Estatal de la Cultura Física y el Deporte y la creación del fideicomiso destinado al otorgamiento del reconocimiento económico vitalicio, a los deportistas discapacitados oaxaqueños de alto rendimiento que en representación oficial hayan obtenido una o más medallas en Juegos Paralímpicos, Mundialista y/o Parapanamericanos.

Segunda. Se efectúen los trámites correspondientes que permitan a los deportistas discapacitados Oaxaqueños de alto rendimiento que hayan obtenido una o más medallas al competir en Juegos Paralímpicos, Mundiales y/o Parapanamericanos, cubrir las becas económicas vitalicias a las que tienen derecho, en las que se garantice el pago del retroactivo a partir del año 2017 a la fecha.

Tercera. Se adopten programas integrales enfocados a la mejora de la financiación en el deporte para personas con discapacidad en el Estado.

Cuarta. En coordinación con las instancias competentes, se realice la creación y adaptación de espacios deportivos con las adecuaciones arquitectónicas necesarias, para el desarrollo del deporte adaptado: tanto instalaciones deportivas convencionales como espacios para la práctica informal; parques y otros equipamientos urbanos.

Quinta. Se adopten los mecanismos necesarios para crear un programa de capacitación de técnicos, entrenadores y/o personal de apoyo, cuya finalidad sea garantizar una mejor preparación que beneficie los programas del deporte adaptado.

Sexta.
En coordinación con las federaciones de deporte adaptado, se realicen acciones para la identificación y desarrollo de talentos deportivos, como contribución de futuro; con un escrutinio tanto de competiciones de cierto nivel como de deporte escolar y municipal.

Seguimiento

No aceptada.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *